Licencias comerciales especializadas
La Secretaría Municipal gestiona la tramitación de licencias para negocios especializados en la ciudad de Longmont. A continuación, encontrará información sobre cada tipo de negocio especializado que requiere una licencia especial, además de la licencia del Impuesto sobre Ventas y Uso, para operar dentro de los límites de la ciudad.
Licencias de hotel/motel
Nuevo en 2025 Todos los hoteles y moteles existentes en la ciudad de Longmont deben obtener una licencia y tienen hasta el 30 de junio de 2025 para presentar una solicitud de licencia completa en la Secretaría Municipal. Actualmente, esta licencia es gratuita, pero existen varios requisitos de cumplimiento, como la finalización de... Capacitación para hoteles y moteles libres de delitos.
Comuníquese con la Oficina del Secretario de la Ciudad al (303) 651-8649 para obtener más información.
Licencias de comerciante de chatarra
Los comerciantes de chatarra deben obtener una licencia para operar dentro de los límites de la ciudad.
Un comerciante de chatarra, según se define en Código Municipal de Longmont, Capítulo 6.44, es alguien que vende “artículos, excepto bienes de segunda mano, que han dejado de ser útiles en su forma original, chatarra que no sea oro ni plata, cuerdas viejas, papel, envases de plástico, botellas vacías y todos los artículos desechados que ya no se utilizan en su forma manufacturada compuestos de dichos materiales”. No se incluyen los vendedores de vehículos desechados ni las empresas que realizan compras auxiliares de materiales reciclables.
Solicitud de licencia para comerciante de chatarra nueva
Solicitud de renovación de licencia de comerciante de chatarra
Licencias de comerciante de segunda mano
Los comerciantes de segunda mano deben obtener una licencia para operar dentro de los límites de la ciudad.
Un comerciante de segunda mano, según se define en Código Municipal de Longmont, Capítulo 6.44Es una persona que se dedica a la compra, el intercambio, la venta o la aceptación en consignación de bienes de segunda mano. Los bienes de segunda mano son:
- Cámaras fotográficas, lentes de cámara, proyectores de diapositivas o películas, pantallas de proyección, flashes, ampliadoras, trípodes, binoculares, telescopios, microscopios;
- Televisores, fonógrafos, grabadoras de cinta, grabadoras de vídeo, radios, sintonizadores, altavoces, tocadiscos, amplificadores, reproductores de discos compactos, cambiadores de discos, unidades de radiodifusión de banda ciudadana y receptores;
- Esquís, bastones de esquí, botas de esquí, fijaciones de esquí, palos de golf, pistolas, equipaje, botas y pieles;
- Máquinas de escribir, sumadoras, calculadoras, computadoras, componentes y accesorios de computadoras, impresoras de computadoras, aires acondicionados portátiles, cajas registradoras, fotocopiadoras, dictáfonos, contestadores telefónicos automáticos, hornos microondas;
- Bicicletas, cuadros de bicicletas, conjuntos de cambios de bicicletas, conjuntos de frenos de mano de bicicletas, otros componentes de bicicletas;
- Instrumentos musicales, relojes; y
- Cualquier artículo de propiedad personal tangible marcado con un número de serie o de identificación y cuyo precio para el comerciante de artículos usados sea de $30.00 o más, excepto vehículos de motor, vehículos recreativos todo terreno, motos de nieve, partes de vehículos de motor, casas móviles, barcos, aviones, electrodomésticos grandes y chatarra no preciosa.
Nueva solicitud de licencia de comerciante de vehículos de segunda mano
Solicitud de renovación de licencia de comerciante de vehículos de segunda mano
Licencias de prestamista
Las casas de empeño deben obtener una licencia para operar dentro de los límites de la ciudad. También existen requisitos especiales de registro, que se describen en el código municipal (enlace a continuación).
Un prestamista, según se define en Código Municipal de Longmont, Capítulo 6.56, es toda persona que adelanta o presta dinero u otra cosa valiosa sobre depósito de garantía personal, o que se dedica a la compra de bienes personales con la condición de venderlos nuevamente a un precio estipulado.
Licencias comerciales de orientación sexual
Los negocios de orientación sexual están regulados por Código Municipal de Longmont, Capítulo 6.65.
Cualquier persona que planee operar un negocio de contenido sexual debe consultar primero la Guía de Negocios de la Ciudad y verificar que la ubicación deseada esté debidamente zonificada para el negocio. Los propietarios deben obtener una licencia de negocio de contenido sexual emitida por la ciudad. Además, los empleados del negocio también deben tener licencia.
Solicitud de un negocio de orientación sexual
Solicitud para ser empleado en una empresa de orientación sexual
¿Tiene preguntas? Comuníquese con la Secretaría Municipal al 303-651-8649 o por correo electrónico a city.clerk@longmontcolorado.gov.