Licencias de marihuana
Licencias de venta minorista de marihuana
En Longmont se permiten tres tipos de licencias para la venta de marihuana: licencias para tiendas independientes de marihuana recreativa, licencias para tiendas con doble uso (recreativo/medicinal) y licencias para la entrega de marihuana medicinal. El 28 de enero de 2025, se aprobaron las licencias para establecimientos de hostelería que venden marihuana, con o sin venta, excepto que se denegó el cambio de código asociado para permitir el consumo público en estos lugares.
Comuníquese con la Oficina del Secretario Municipal al (303) 651-8649 para obtener información adicional y ser incluido en una lista para ser notificado si se abre algún período de solicitud.
¿Buscas una credencial de empleado para trabajar en un establecimiento con licencia para marihuana? Consulta la Sitio web de la División de Control de la Marihuana del Estado de Colorado para obtener información, formularios, ubicación de la oficina de MED e información sobre cómo hacer una cita y qué llevar consigo.
La Oficina del Secretario de la Ciudad acepta solicitudes para todas las actividades de licencias de venta minorista de marihuana permitidas en la Ciudad.
Los formularios de solicitud, las listas de verificación y la información se pueden enviar por correo electrónico a quien los solicite. Llame a la Secretaría Municipal al (303) 651-8650.
- El 22 de abril de 2025, el Ayuntamiento de Longmont consideró una ordenanza para implementar la concesión de licencias para establecimientos de hostelería relacionados con la marihuana, incluyendo modificaciones a: la Sección 9.40.040 del Código Municipal de Longmont (LMC) para permitir fumar en interiores; la Sección 6.70.105 para limitar el tamaño a un máximo de 5,000 pies cuadrados; y actualizaciones del Título 15 a la Tabla de Usos Permitidos para codificar las zonas permitidas. La ordenanza no superó la primera lectura y, por lo tanto, quedó archivada, dejando incompletas las modificaciones necesarias para su implementación.
- El 11 de febrero de 2025, el Ayuntamiento de Longmont aprobó una Tarifa revisada para todas las actividades de licencias de marihuana. Haga clic aquí para ver la resolución y la tarifa.
- El 28 de enero de 2025, el Ayuntamiento de Longmont aprobó la Ordenanza O-2025-15 que permite licencias de hospitalidad de marihuana, con o sin ventas. Haga clic aquí para ver la ordenanza.
- El 2 de julio de 2018, la Autoridad de Marihuana de Longmont emitió el aviso a continuación, que nombra a los cuatro negocios que obtuvieron licencias para abrir establecimientos de marihuana en Longmont. Para ver la orden, haga clic en el enlace a continuación.
Orden de la Autoridad de Licencias de Marihuana de Longmont
Para ver el informe del Comité Asesor Técnico para estas aplicaciones, haga clic en el enlace a continuación.
Informes del Comité Asesor Técnico
- El 10 de octubre de 2017, el Concejo Municipal de Longmont aprobó enmiendas al Código o Ordenanzas de Longmont que regulan las ventas de marihuana y estableció tarifas para los nuevos tipos de licencias.
Haga clic aquí para ver la ordenanza
Haga clic aquí para conocer los aspectos más destacados de la ordenanza sobre la marihuana aprobada. Este documento no es exhaustivo y no contiene todas las regulaciones señaladas en la ordenanza anterior.
Haga clic aquí para ver la resolución de 2017 y el cronograma de tarifas en el Anexo A.
Otras regulaciones para cultivos y cultivaciones personales
Regulaciones para el cultivo casero de marihuana
La ciudad de Longmont aprobó las regulaciones para el cultivo doméstico de marihuana para consumo personal. La nueva política establece lo siguiente en relación con el cultivo doméstico de marihuana:
- Permitido en residencia principal o estructura auxiliar
- Permitido en áreas comunes de estructuras residenciales multifamiliares o adosadas con permiso del propietario y del residente.
- Requiere crecer al aire libre si está dentro de un espacio cerrado y bajo llave.
- Permite que cada persona en una residencia cultive seis plantas, hasta 30 si viven juntas cinco personas no relacionadas.
- Prevé una exención para pacientes con recuentos de plantas extendidos y previa solicitud consultando la tarjeta de registro.
- Se establece una exención para los cuidadores que atienden a pacientes con recuentos de plantas prolongados, con el requisito de que proporcionen una copia de su tarjeta de registro. Las autoridades policiales confirmarán la información con el sistema de registro de cuidadores según sea necesario.
Cultivo, producción y análisis de marihuana
La ciudad de Longmont ha ejercido su autoridad bajo la Constitución de Colorado y ha optado por prohibir el cultivo, la producción y las pruebas de marihuana, tanto para uso medicinal como recreativo. Actualmente no hay planes para levantar la prohibición del cultivo, la producción ni las pruebas de marihuana.
La Autoridad de Licencias de Marihuana de la Ciudad de Longmont es el Juez Municipal de la Ciudad de Longmont.
Todas las solicitudes de licencia de marihuana, incluidas las renovaciones, deben presentarse en la Oficina del Secretario Municipal, 350 Kimbark Street, Longmont, CO 80501. El horario de atención es de lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
Comuníquese con la Oficina del Secretario de la Ciudad, Coordinador de Licencias, al (303) 651-8650 si tiene alguna pregunta sobre el proceso de licencia de marihuana.
Hora y lugar de la reunión
La Autoridad de Licencias de Marihuana no programa reuniones regulares recurrentes debido al número limitado de licencias comerciales de marihuana dentro de la Ciudad, sino que programa reuniones según sea necesario.
Centro Cívico de Longmont
Cámaras del Ayuntamiento
350 Kimbark Street
Longmont, Colorado 80501
Agendas y Actas
Las agendas y actas se publican en el sitio web de la Ciudad. Portal de gestión de agenda.