Requisitos de declaración de residuos peligrosos - Ciudad de Longmont Saltar al contenido principal

Requisitos de notificación de residuos peligrosos

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La Sección 14.08.310 D. del Código Municipal de la Ciudad prohíbe la descarga de sustancias peligrosas al alcantarillado sanitario. Reporte cualquier descarga de esta naturaleza al Programa de Pretratamiento Industrial al (303) 651-8667 o la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales al (303) 651-8382.

Residuos peligrosos y alcantarillado sanitario

La "exclusión de aguas residuales domésticas" excluye de la normativa sobre residuos peligrosos las aguas residuales domésticas y las mezclas de residuos domésticos y de otro tipo, incluidos los residuos peligrosos. Sin embargo, no contempla el vertido incontrolado de residuos peligrosos al alcantarillado municipal. En resumen, una vez que los residuos peligrosos entran en el alcantarillado, no están regulados por la RCRA. Están regulados por la Ley de Agua Limpia, como se indica a continuación:

Todas las descargas deben cumplir con las regulaciones locales, estatales y federales. Una descarga de residuos peligrosos cumple con el Reglamento de Residuos Peligrosos de Colorado si:

  • La instalación solicita la aprobación por escrito de la Ciudad para la descarga;
  • La Ciudad emite una carta de autorización que permite la descarga, la cual incluye el tipo y la cantidad de residuos peligrosos descargados. Esta carta especifica que la descarga no infringirá las normas de pretratamiento ni las regulaciones federales.
  • La instalación conserva la carta de la Ciudad en el lugar para su revisión durante las inspecciones de cumplimiento; y
  • La instalación cumple con todos los requisitos de informes de 40 CFR 403.12 (p).
En general, las aguas residuales que contienen residuos peligrosos y se encuentran en una unidad de tratamiento de aguas residuales están exentas de las regulaciones de residuos peligrosos, siempre que el tratamiento de los residuos peligrosos se realice en un tanque (o sistema de tanques) y el efluente del sistema de pretratamiento esté regulado por 40 CFR Parte 403. Estos residuos (en el sistema de pretratamiento y el efluente) están regulados por la Ley de Agua Limpia bajo las siguientes condiciones:

  • La instalación mantiene un permiso de descarga o un permiso de descarga cero y cumple con todos los requisitos locales, estatales y federales para la descarga al alcantarillado.

El incumplimiento de los requisitos anteriores significa que la instalación está desechando desechos peligrosos (y, por lo tanto, está sujeta a acciones de cumplimiento por parte de la EPA, el CDPHE y la ciudad de Longmont). 

Requisitos de informes adicionales

Todos los usuarios industriales deben notificar a la Oficina de Pretratamiento Industrial de la Ciudad, a la División de Gestión de Residuos y Materiales Peligrosos del Departamento de Salud de Colorado y a la Oficina de Ecosistemas, Protección y Remediación de la EPA sobre las descargas al sistema de recolección de alcantarillado de cualquier sustancia que, si se eliminara de otra manera, sería un residuo peligroso según 40 CFR parte 261.

Este requisito de notificación se aplica a las industrias que descargan 15 kilogramos (33 libras) o más de residuos peligrosos no agudos o cualquier cantidad de residuos peligrosos agudos durante cualquier mes calendario. Esta notificación es única. Se requiere una nueva notificación previa ante cualquier cambio sustancial en el volumen o tipo de descarga de residuos peligrosos listados o característicos.

La notificación debe realizarse por escrito e incluir el nombre del residuo peligroso, el número de identificación de la EPA y el tipo de descarga (continua, por lotes u otro). Se requiere información más detallada si una industria descarga más de 100 kilogramos (220 libras) de un residuo peligroso listado por la EPA en cualquier mes. La notificación debe realizarse a más tardar 180 días después de la descarga del residuo peligroso listado o característico.

Permisionarios: Estos requisitos de notificación no se aplican a los contaminantes ya informados conforme a los requisitos de automonitoreo de 40 CFR 4-3.12 (b), (d) y (e).

REPORTAR A:

Ciudad de Longmont
Programa de pretratamiento industrial
1100 South Sherman Street
Longmont, CO 80501
teléfono: (303) 651-8667
or Envíe un correo electrónico al Programa IP

Departamento de Salud y Medio Ambiente de Colorado
División de Gestión de Materiales Peligrosos y Residuos
4300 Cherry Creek Drive Sur
Denver, CO 80222-1530
(303) 692-3300

Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (USEPA)
Oficina de Ecosistemas, Protección y Remediación
999 18th Street, Suite 500
Denver, CO 80202-2406
(303) 312-6312