Información y recursos para contratistas
Licencias de contratista – General
Cualquier persona que realice trabajos de contratación dentro de la ciudad de Longmont debe tener una licencia de contratista válida de Longmont, según lo exige Código municipal de Longmont 16.48.070.
Propietarios que actúan como su propio contratista general
Los propietarios pueden actuar como su propio contratista general y realizar trabajos sin una licencia de contratista. sólo si se cumplen todas las condiciones siguientes:
- La propiedad es tuya residencia primaria en el momento de la presentación del permiso
- La propiedad es no es un alquiler y No está destinado a reventa ni inversión.
Requisitos de subcontratistas para permisos de propietarios
Si un propietario obtiene un permiso, se aplican las siguientes reglas:
- Subcontratistas que realizan HVAC, electricidad, plomería o estructura El trabajo debe ser con licencia de la ciudad de Longmont
- Los contratistas eléctricos deben obtener sus propios permisos. de acuerdo con Estado de colorado requisitos
Licencias y pruebas para contratistas
- La ciudad de Longmont no tiene licencia recíproca acuerdos con otras jurisdicciones
- La Ciudad acepta la corriente Consejo Internacional de Códigos (ICC) certificados de examen
- Los exámenes ICC están disponibles en Vue Pearson ubicaciones en todo Colorado
- Obtenga más información sobre las pruebas ICC en www.iccsafe.org
Requisitos del seguro de responsabilidad civil general
Todos los contratistas deben proporcionar prueba de seguro de responsabilidad civil general.
Los certificados de seguro deben incluir a la Ciudad de Longmont como titular del certificado:
Ciudad de Longmont
350 Kimbark Street
Longmont, CO 80501
Contratistas de clase D
Responsabilidad civil general – No menos de:
• Límite único combinado (CSL) de $1,000,000
• $1,000,000 de agregado general
• $1,000,000 de productos completados en total
Todos los demás contratistas (A/B/C/E/M/P)
Responsabilidad civil general – No menos de:
• Límite único combinado (CSL) de $1,000,000
• $2,000,000 de agregado general
• $2,000,000 de productos completados en total
Sec. 16.48.070. – Requisitos del seguro de responsabilidad civil.
A.
Todo contratista al que se le otorgue una licencia bajo las disposiciones de este Código deberá mantener un seguro de responsabilidad civil general por un mínimo de no menos de $1,000,000.00 de límite único combinado (CSL), $1,000,000.00 de agregado general y $1,000,000.00 de agregado completo para productos para licencias de contratista de Clase D, y $1,000,000.00 de CSL, $2,000,000.00 de agregado general y $2,000,000.00 de agregado completo para productos para todas las demás licencias.
B.
Los contratistas deberán mostrar prueba del seguro de compensación laboral cuando corresponda.
(Código 1993, § 16.48.070; Código 2009, § 16.48.070; Ord. No. O-89-26, § 1; Ord. No. O-95-87, § 2; Ord. No. O-2014-33, § 6, 24-6-2014)