Permiso de desarrollo de llanuras aluviales
Regulaciones de llanuras aluviales
Título 20 del Código Municipal de Longmont Describe el Reglamento de Llanuras Inundables de la Ciudad. A continuación, se definen varios términos clave en el Título 20:
Llanura de inundación o zona propensa a inundaciones: Cualquier superficie de tierra susceptible de ser inundada como resultado de una inundación, incluida la superficie de tierra sobre la cual fluirían las aguas de la inundación desde el aliviadero de un embalse.
Inundación 100-añoInundación con un intervalo de recurrencia con un 100% de probabilidad de ser igualada o superada durante un año determinado (inundación con un XNUMX% de probabilidad anual). Los términos «inundación de cien años» e «inundación con un XNUMX% de probabilidad» son sinónimos del término «inundación de XNUMX años». Este término no implica que la inundación ocurra necesariamente una vez cada cien años.
Llanura aluvial de 100 años:El área de tierra susceptible de ser inundada como resultado de la ocurrencia de una inundación de 100 años.
Área especial de riesgo de inundación (SFHA):La llanura aluvial base delineada en un Mapa de Tasas de Seguro contra Inundaciones (FIRM) que la comunidad debe regular según los requisitos del NFIP, es decir, todas las Zonas A mapeadas por FEMA (llanuras aluviales de 100 años).
Programa Nacional De Seguro Contra Inundaciones (NFIP)El programa de FEMA para la cobertura de seguros contra inundaciones y la gestión de llanuras aluviales se administra en conjunción con la Ley Robert T. Stafford de Ayuda y Asistencia de Emergencia. El NFIP cuenta con las regulaciones federales aplicables promulgadas en el Título 44 del Código de Regulaciones Federales. El Congreso de los Estados Unidos estableció el NFIP en 1968 con la aprobación de la Ley Nacional de Seguros contra Inundaciones de 1968.
Permiso de desarrollo de llanuras aluviales
Se requiere un permiso antes de iniciar cualquier construcción o desarrollo dentro de una zona especial de riesgo de inundación (SFHA). La ciudad exige un Permiso de Desarrollo de Llanuras Inundables para toda construcción o desarrollo propuesto en la ciudad, incluyendo la construcción de casas prefabricadas en zonas propensas a inundaciones. Los permisos son necesarios para garantizar que los proyectos de desarrollo propuestos cumplan con los requisitos del NFIP y las regulaciones de llanuras inundables de la ciudad de Longmont.
Requisitos
- Los planes de desarrollo deben mostrar el límite de llanura aluvial de 100 años consistente con el Mapa de Tasas de Seguro contra Inundaciones (FIRM) vigente o la última revisión de la Carta de Revisión del Mapa (LOMR).
Tarifas
- Solicitud de permiso de desarrollo de llanuras aluviales La tarifa es $ 100 según la ciudad Código de desarrollo territorial Título 15, Apéndice A – Tarifas de solicitud.
- La tarifa se puede pagar con cheque a “Ciudad de Longmont” y enviarse por correo junto con la solicitud de Permiso de Desarrollo de Llanuras Inundables o entregarse en persona en el Centro de Servicios de Desarrollo (ver la dirección a continuación).
Formularios
Presentación
- La Solicitud de Permiso de Desarrollo de Llanuras Inundables completa deberá enviarse a la Ciudad de Longmont para su revisión y aprobación antes de la emisión de cualquier permiso de construcción.
Presentar por correo o en persona:
Ciudad de Longmont
Centro de servicios de desarrollo
A la atención de: Monica Bortolini, PE CFM
385 Kimbark Street
Longmont, CO 80501