Propiedades señaladas por contaminación con metanfetamina y propiedades condenadas
Propiedades afectadas por la metanfetamina
¿Qué es una propiedad afectada por metanfetamina?
- Cualquier propiedad con un espacio donde haya evidencia suficiente de contaminación con metanfetamina como resultado de la fabricación, procesamiento, eliminación o uso de metanfetamina.
¿Cómo se descubren las propiedades afectadas de la metanfetamina?
- La mayoría de las propiedades afectadas por metanfetamina se detectan mediante análisis. Los propietarios, inquilinos o posibles compradores de una propiedad contratan a consultores certificados por el Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado para tomar muestras de análisis según las normas establecidas. Si los resultados de laboratorio muestran una zona con una contaminación por metanfetamina superior a 5 µg/100 cm² en zonas habitables o 2 µg/4 cm² en zonas no habitables, el consultor debe informar la propiedad al Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado.
- En algunos casos, el Departamento de Policía de Longmont puede descubrir un laboratorio de metanfetamina o establecer una causa probable de que exista una propiedad afectada por metanfetamina en algún lugar de la ciudad.
¿Qué sucede cuando se descubre una propiedad afectada por metanfetamina en la ciudad de Longmont?
- Cuando se descubra una propiedad contaminada con metanfetamina, el Departamento de Cumplimiento del Código publicará una declaración de propiedad contaminada con metanfetamina en un lugar visible de la propiedad y se asegurará de que todos los ocupantes la desalojen de inmediato. Tras la publicación, solo consultores y contratistas con licencia en metanfetamina podrán ingresar a la propiedad hasta que se haya remediado y analizado.
¿Puedo apelar una Declaración de Propiedad Afectada por Metanfetamina?
- La parte afectada puede solicitar una apelación formal por escrito dentro de los diez días siguientes a la publicación de la declaración de propiedad afectada por metanfetamina. El aviso de apelación debe presentarse ante la secretaría municipal, ubicada en 350 Kimbark St, Longmont, CO 80501, junto con una tarifa de procesamiento de $35.00. Se designará un oficial de audiencias para que lleve a cabo la audiencia de conformidad con el capítulo 2.98 del Código Municipal de Longmont. Puede llamar a la secretaría municipal al 303-651-8649.
Acabo de verme obligado a abandonar mi casa por contaminación con metanfetamina. ¿Puede la ciudad proporcionarme alojamiento?
- La ciudad generalmente no cuenta con los recursos para proporcionar vivienda de emergencia a los residentes desplazados por la publicación de una propiedad afectada por la metanfetamina. Recomendamos que el primer paso para obtener asistencia de vivienda sea contactar a familiares y amigos. Si no encuentra alojamiento, puede contactar a las siguientes organizaciones. Tenga en cuenta que no hay garantía de que haya recursos disponibles.
- Las personas mayores pueden comunicarse con el Centro para Personas Mayores de Longmont, ubicado en 910 Longs Peak Ave, Longmont, CO 80501. Teléfono: 303-651-8411
- Los veteranos pueden visitar la Oficina de Servicios para Veteranos del Condado de Boulder en 515 Coffman St, Longmont, CO 80501. Teléfono: 720-864-6663
- Los veteranos también pueden comunicarse con el Centro Nacional de Llamadas para Veteranos sin Hogar del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU. al 877-424-3838 o con la Línea de Crisis para Veteranos al 1-800-273-8255.
- Encuentre recursos adicionales para personas sin hogar en bit.ly/soluciones-para-personas-sin-hogar
¿Qué debo hacer para limpiar una propiedad afectada por metanfetamina?
- Necesitará trabajar con un consultor y un contratista de mitigación de contaminantes con licencia del Departamento de Salud Pública y Medio Ambiente de Colorado para remediar la propiedad. El consultor analizará la unidad y elaborará un informe preliminar que muestre el alcance y la ubicación de la contaminación. El contratista utilizará este informe para realizar la mitigación, que puede incluir desde la limpieza de las áreas afectadas hasta la eliminación de todos los materiales de construcción y acabado contaminados. Una vez finalizada la mitigación, el consultor volverá a analizar la unidad para determinar si es necesaria una remediación adicional. Una vez que todas las áreas presenten valores inferiores a 5 µg/100 cm² en las áreas habitables y 2 µg/4 cm² en las áreas no habitables, el consultor elaborará un informe de aprobación. Se revisará la precisión del informe y se restablecerá el certificado de ocupación.
Mi casa acaba de ser declarada propiedad contaminada con metanfetamina. ¿Por qué no me permitieron retirar mis pertenencias? ¿Podré recuperarlas?
- Los muebles y otras pertenencias personales dentro de una propiedad afectada por metanfetamina podrían estar contaminados con metanfetamina y no pueden trasladarse a un lugar donde puedan exponerlo a usted o a otras personas a sustancias potencialmente peligrosas. El consultor autorizado que realice las pruebas en la unidad determinará qué pertenencias pueden retirarse según las regulaciones de la Junta de Salud de Colorado y cuáles deberán desecharse durante el proceso de limpieza.
El apartamento de mi vecino fue declarado como propiedad contaminada con metanfetamina. ¿Podría estar contaminado mi apartamento?
- Los códigos de construcción e incendios generalmente establecen una separación suficiente entre las unidades de un edificio de apartamentos para evitar la propagación de la contaminación. Sin embargo, en raras ocasiones, es posible que la contaminación se propague entre unidades a través de espacios compartidos, como áticos o sótanos. La única manera de garantizar que su unidad esté libre de contaminación por metanfetamina es contratar a un consultor certificado para que la analice.
Sospecho que mi propiedad alquilada podría estar contaminada con metanfetamina. ¿Puede la ciudad de Longmont realizar pruebas u obligar al propietario a realizarlas?
- No. La Ciudad no tiene la facultad de obligar a los propietarios a realizar pruebas de metanfetamina en sus alquileres ni cuenta con los recursos para financiar las pruebas para los residentes. La ciudad necesita una causa probable o la confirmación de resultados positivos de una prueba realizada por un consultor autorizado antes de poder abordar la contaminación por metanfetamina dentro de una propiedad.
Estoy seguro de que mi vecino consume metanfetamina. ¿Puede la ciudad hacer algo al respecto?
- Las actividades ilegales deben reportarse al Departamento de Policía de Longmont al 303-651-8501. Ellos pueden determinar si se debe iniciar una investigación y cómo proceder. A menudo, las sospechas de los vecinos sobre lo que sucede dentro de una casa o apartamento en su comunidad no son prueba suficiente para que la ciudad emprenda acciones legales.
¿Cuánto tiempo puede permanecer una propiedad afectada por metanfetamina en la ciudad antes de que deba ser limpiada?
- Debido al alto costo de remediar propiedades afectadas por metanfetamina, es difícil obligar a los propietarios a remediarlas dentro de un plazo determinado. A menudo, el seguro no cubre el costo y los propietarios no tienen los medios para remediarlas cuando se descubren las propiedades. Por esta razón, la ciudad exige que las propiedades se mantengan vacías y seguras, pero no hay un plazo límite para la remediación. El Código Municipal de Longmont actualmente no contempla multas ni sanciones penales por no remediar una propiedad.
¿Qué hago si veo a alguien sin licencia entrando a una propiedad afectada por metanfetamina?
- Si ve a alguien que no sea un consultor o contratista autorizado ingresando a una propiedad que figura como afectada por metanfetamina, debe informarlo al Departamento de Policía de Longmont al 303-651-8501.
Propiedades expropiadas por violaciones al código de construcción
¿Qué significa cuando la Ciudad expropia una propiedad?
- Una expropiación se produce cuando el Ayuntamiento detecta una estructura que no cumple con los requisitos mínimos del código de seguridad o habitabilidad. El Ayuntamiento publicará un aviso de expropiación en la estructura o sus alrededores y enviará una copia por correo al propietario. El aviso indicará las infracciones presentes en la propiedad y dará un plazo para que el propietario las corrija. Si el propietario no realiza las correcciones necesarias, el Ayuntamiento publicará un cartel que prohíbe la ocupación de la estructura y exigirá a los ocupantes que la desalojen.
- Cuando se presente una condición que pueda causar lesiones graves o potencialmente mortales, o incluso la muerte, en cualquier momento dentro de una estructura, no se seguirá el proceso de notificación descrito anteriormente y se exigirá a los ocupantes que desalojen la estructura inmediatamente. Se colocará un cartel que prohíba la entrada a quienes no estén asegurando la estructura o remediando la condición peligrosa.
¿Por qué infracciones puede la Ciudad expropiar una propiedad?
- Los edificios pueden ser declarados inválidos por diversas razones. Algunas estructuras se declaran inválidas simplemente porque se les han desconectado los servicios públicos y ya no cuentan con una fuente de calefacción ni con instalaciones sanitarias que dependan del agua corriente. Otras pueden ser declaradas inválidas por infringir los códigos de construcción que abordan daños estructurales, falta de sistemas de separación o alarma contra incendios, deterioro extenso, acaparamiento o cualquier otro problema que afecte la seguridad o habitabilidad del edificio. Además, las viviendas o unidades comerciales construidas o subdivididas ilegalmente también pueden ser declaradas inválidas hasta que el propietario obtenga los certificados de ocupación para las unidades adicionales.
¿Puedo apelar una notificación de expropiación?
- La parte afectada puede apelar una notificación de expropiación presentando una solicitud de apelación por escrito, explicando los fundamentos del asunto apelado, a la oficina del secretario municipal, ubicada en 350 Kimbark St, Longmont, CO 80501, dentro de los 14 días siguientes a la recepción de dicha decisión. La audiencia será conducida por la Junta Maestra de Apelaciones, de conformidad con el capítulo 16.30 del Código Municipal de Longmont. Puede llamar al secretario municipal al 303-651-8649.
¿Quién puede entrar a una propiedad condenada?
- Una vez que se haya colocado un cartel que prohíba la ocupación en una propiedad, cualquier persona que desee ingresar debe obtener una autorización por escrito del funcionario responsable del código antes de hacerlo. Para solicitar la entrada, comuníquese con el Departamento de Cumplimiento del Código al 303-651-8695.
¿Qué hago si veo a alguien entrando o viviendo en una estructura condenada?
- Si sospecha que alguien ha entrado ilegalmente a una estructura en ruinas, comuníquese con la Oficina de Cumplimiento de Códigos al 303-651-8695 para verificar si existe una autorización para el ingreso. Si es fuera del horario de atención o la Oficina de Cumplimiento de Códigos no está disponible, puede comunicarse con el Departamento de Policía de Longmont al 303-651-850.
Acabo de verme obligado a abandonar mi casa debido a la expropiación de un edificio. ¿Puede el ayuntamiento proporcionarme vivienda?
- La ciudad generalmente no cuenta con los recursos para proporcionar vivienda de emergencia a los residentes desplazados por la expropiación de edificios. Recomendamos que el primer paso para obtener asistencia de vivienda sea contactar a familiares y amigos. Si no encuentra alojamiento, puede contactar a las siguientes organizaciones para buscar recursos disponibles. Tenga en cuenta que no hay garantía de que haya recursos disponibles.
- Cualquier persona que se encuentre sin hogar puede comunicarse con el Centro OUR ubicado en 220 Collyer St, Longmont, CO 80501. Teléfono: 303-772-5529
- Las personas mayores pueden comunicarse con el Centro para Personas Mayores de Longmont, ubicado en 910 Longs Peak Ave, Longmont, CO 80501. Teléfono: 303-651-8411
- Los veteranos pueden visitar la Oficina de Servicios para Veteranos del Condado de Boulder en 515 Coffman St, Longmont, CO 80501. Teléfono: 720-864-6663.
- Los veteranos también pueden comunicarse con el Centro Nacional de Llamadas para Veteranos sin Hogar del Departamento de Asuntos de Veteranos de EE. UU. al 877-424-3838 o con la Línea de Crisis para Veteranos al 1-800-273-8255.
Hace años que hay una propiedad en ruinas en mi barrio. ¿Puede el ayuntamiento hacer algo al respecto?
- Lo que la ciudad puede hacer para remediar una propiedad condenada depende de varios factores, como el estado del edificio, el tiempo que lleva condenado y el costo de la reparación o demolición. Si desea hablar sobre el estado de un edificio condenado en particular, comuníquese con el Departamento de Cumplimiento de Códigos al 303-651-8695.