Cómo responder ante una infracción del código - Ciudad de Longmont Saltar al contenido principal

Cómo responder a un aviso de infracción del código

  • Si recibe un aviso de infracción del Departamento de Cumplimiento del Código de Longmont, solucione las infracciones antes de la fecha especificada en el aviso.
  • Si no entiende lo que se solicita, necesita más información o cree que el aviso se emitió por error, comuníquese con el inspector cuyo nombre, dirección de correo electrónico y/o número de teléfono se proporcionan en el aviso.
  • Le recomendamos solicitar una visita al inspector para aclarar el problema y analizar posibles soluciones. El inspector puede ofrecerle sugerencias o ponerle en contacto con programas y servicios municipales que podrían ayudarle.
  • Si necesita más tiempo para corregir las infracciones, puede solicitar una prórroga. Comuníquese con el inspector para informarle sobre la prórroga que necesita. Si bien no se garantiza la concesión de una prórroga, generalmente se aprueba cuando se presentan circunstancias justificadas.

 

Métodos de notificación 

El Departamento de Cumplimiento del Código de Longmont utiliza varios métodos para notificar a los residentes sobre infracciones del código. Según la gravedad de la infracción, los inspectores del Departamento de Cumplimiento del Código pueden emitir:

    • Advertencia verbal.  Generalmente, se trata de una conversación con el residente en la que este se compromete verbalmente a suspender una actividad o corregir una infracción menor sin necesidad de una notificación por escrito. El cumplimiento suele exigirse dentro de las 24 horas siguientes a la notificación verbal.
    • Advertencia por escrito.  Esto generalmente implica la emisión de un "Aviso de Infracción" escrito a mano al residente o la parte involucrada. El Aviso puede entregarse a la parte involucrada en persona, dejarse o publicarse en la puerta principal o colocarse en un vehículo. El Aviso identificará la infracción del código y proporcionará instrucciones sobre cómo corregirla. El Aviso requiere el cumplimiento dentro de un plazo específico y se indicará en el mismo una fecha para una inspección de seguimiento. La fecha y hora de la infracción, así como el nombre y el número de teléfono del inspector, se incluirán en el aviso. Un "aviso escrito" también puede tomar la forma de un "colgante de puerta", como en el caso de una condición de nieve/hielo en una acera pública, o una etiqueta de "Aviso de Intención de Eliminar Obstrucción" adherida a un aro de baloncesto u otra obstrucción de la calle o acera. El Departamento de Cumplimiento del Código también colocará un aviso de "Aviso de Intención de Incautar" en los vehículos estacionados en las vías públicas que se considere que están abandonados, sin licencia o inoperables.

vehículos remolcados

Tenga en cuenta que el Departamento de Cumplimiento del Código no remolca vehículos.El departamento de policía y el departamento de control de estacionamiento están autorizados a remolcar vehículos en calles, callejones y otras zonas de paso. Llame al 303-651-8501.

 

Los avisos escritos que identifican un peligro para la seguridad pública requieren una respuesta inmediata.  

  • Aviso de infracción (NOV):  Este es el método más común para notificar a los residentes sobre una infracción del código municipal. Se envía por correo de primera clase al propietario registrado, según consta en los registros de propiedad de la oficina del Tasador del Condado de Boulder. El Aviso de Infracción identificará la naturaleza de la presunta infracción y proporcionará información sobre la disposición del Código Municipal objeto de la misma. El Aviso de Infracción especificará una fecha de corrección y la fecha en la que se programará una inspección de cumplimiento. Normalmente, los residentes tienen 10 días para corregir la mayoría de las infracciones, aunque pueden darse plazos más cortos o más largos, según la complejidad o gravedad de la presunta infracción. Las infracciones que representan un riesgo para la seguridad tienen máxima prioridad.
  • Orden Administrativa (AO) o Programa de Cumplimiento (CS):  En algunos casos, la Oficina de Cumplimiento del Código puede emitir una Orden Administrativa (OA), que también puede incluir un Cronograma de Cumplimiento (CC). Esto ocurre en casos complejos o cuya resolución puede requerir un período prolongado. La OA y el CC pueden incluir los pasos que debe seguir el propietario o la parte responsable para que una propiedad o condición cumpla con las normas. También puede emitirse en casos en que no se haya logrado el cumplimiento mediante los procesos descritos anteriormente. También puede incluir una sanción civil, como se describe a continuación.
  • Sanción Civil (CP):  Esta es una sanción civil monetaria que puede imponerse a las personas responsables de infracciones del Código Municipal. Se pueden imponer sanciones económicas de $100, $200 o $500 por la primera, segunda y tercera (o subsiguientes) infracciones del código. Quienes reciban una sanción civil tienen derecho a que la evaluación se revise administrativamente o mediante un proceso de apelación formal. También tienen derecho a apelar la imposición de la sanción civil ante el sistema judicial.

 

Cumplimiento de la Código municipal de Longmont El objetivo de las actividades de inspección es asegurar la seguridad y el bienestar del vecindario. El personal de Cumplimiento del Código hará todo lo posible para colaborar con los residentes y lograr su cumplimiento voluntario. La División de Cumplimiento del Código podrá otorgar prórrogas para la corrección de infracciones si se realizan esfuerzos de buena fe para corregirlas. La seguridad y el impacto en el vecindario serán las principales consideraciones al recibir las solicitudes de prórroga.

 

Si no se logra el cumplimiento después de que se hayan emitido advertencias y/o avisos de infracción, el Departamento de Cumplimiento del Código puede emplear uno de estos métodos para obtener el cumplimiento:

  • Disminución:  En este proceso, la Ciudad de Longmont tomará medidas para resolver una infracción del código mediante los métodos prescritos en las ordenanzas municipales. Esto puede implicar el uso de contratistas municipales para cortar la maleza, podar o retirar árboles muertos o ramas peligrosas, o retirar basura, escombros o escombros de la propiedad privada. Este método se utiliza únicamente en casos en que el propietario no haya cumplido o se haya negado a cumplir con los Avisos de Infracción de la Agencia de Cumplimiento del Código y cuando dicha corrección esté específicamente prescrita en el Código Municipal. El propietario es responsable de todos los costos asociados con este método de resolución y se le facturarán. El propietario se reserva el derecho de apelar los cargos por corrección.
  • Sanción Civil (CP):  Esta es una sanción civil monetaria que puede imponerse a las personas responsables de infracciones del Código Municipal. Se pueden imponer sanciones económicas de $100, $200 o $500 por la primera, segunda y tercera (o subsiguientes) infracciones del código. Quienes reciban una sanción civil tienen derecho a que la evaluación se revise administrativamente o mediante un proceso de apelación formal. También tienen derecho a apelar la imposición de la sanción civil ante el sistema judicial. Formulario de apelación de sanción civil.
  • Citación al Tribunal Municipal:   Las personas que infrinjan el Código Municipal también pueden recibir una citación judicial municipal por parte de los Inspectores de Cumplimiento del Código o del Departamento de Policía. Esta citación es una infracción penal que conlleva posibles sanciones de hasta $999 por infracción por día y/o hasta 180 días de prisión. La citación puede emitirse como una medida coercitiva independiente o en conjunto con una Orden Administrativa o una Sanción Civil. Las sanciones impuestas en estos casos las determina el juez del Tribunal Municipal como parte del procedimiento judicial. Tenga en cuenta que la emisión de una notificación de infracción no es necesaria como paso previo a la emisión de una citación. Para obtener más información, por favor... o enviar un email. o llame al 303-651-8695 o en persona en Code Enforcement, 385 Kimbark St., Longmont, CO 80501.