Asistencia a las víctimas - Ciudad de Longmont Saltar al contenido principal

Asistencia a las víctimas


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(303) 651-8855

Los servicios para víctimas están disponibles para cualquier ciudadano de Longmont o para cualquier víctima de un delito o tragedia cometida dentro de los límites de la ciudad de Longmont.

Declaración de Derechos de las Víctimas:

Colorado es un estado que cuenta con una enmienda que garantiza derechos específicos a las víctimas de ciertos delitos. Algunos de estos derechos son los siguientes:

  • Las víctimas y los testigos tienen derecho a ser tratados con dignidad y respeto.
  • Las víctimas y los testigos tienen derecho a protección contra la intimidación y el daño.
  • Las víctimas y los testigos tienen derecho a estar informados sobre las distintas fases de su caso, incluida la investigación, el procesamiento, el juicio y la sentencia.
  • Las víctimas tienen derecho a brindar información y aportes al proceso de justicia penal, especialmente en momentos clave como la negociación de declaraciones de culpabilidad, la sentencia y las audiencias de libertad condicional.
  • Las víctimas tienen derecho a la restitución como condición de la sentencia.
  • Las víctimas tienen derecho a la pronta devolución de sus bienes utilizados como prueba.
  • Las víctimas tienen derecho a recibir notificaciones de los funcionarios sobre el arresto, la liberación de los acusados, la hora y el lugar de los procedimientos legales, la hora y el lugar de los juicios y las prórrogas o demoras de los procedimientos judiciales, la sentencia y las audiencias de libertad condicional.
  • Las víctimas y sus familias tienen derecho a ser informadas sobre la elegibilidad para la compensación a las víctimas, cuando corresponda, y el derecho a recibir ayuda para completar los formularios de solicitud de manera oportuna cuando corresponda.
  • Las víctimas tienen derecho a la intercesión del empleador. (Una víctima no puede ser despedida ni desplazada de su trabajo por participar en una investigación o un proceso judicial).
  • Las víctimas tienen derecho a recibir información sobre asistencia a las víctimas y otros recursos comunitarios.
  • Las víctimas tienen derecho a una resolución rápida y justa.

 

Reacciones de víctimas y testigos:

Las siguientes reacciones son normales después de un trauma o una crisis:

  • Conmoción e incredulidad, entumecimiento.
  • Tener recuerdos no deseados
  • Sentimientos de ansiedad o pánico
  • Sentirse “perdido” o “fuera de lugar”
  • Irritabilidad (al borde del llanto o la ira la mayor parte del tiempo)
  • Pesadillas recurrentes y/o alteraciones del sueño
  • Pérdida de apetito
  • Llorando sin “motivo”
  • Sentir como si el trauma estuviera sucediendo de nuevo (flashbacks)
  • Dificultad para concentrarse
  • Depresión
  • Perder interés en actividades que antes disfrutaba
  • Alteración de la vida familiar
  • Retiro o aislamiento
  • Dolores de cabeza, náuseas o dolor físico inexplicables.

 

Para familiares y amigos:

Escuche atentamente y dedique tiempo a la persona traumatizada. Haga todo lo posible por ayudarla a sentirse segura y recuérdele que sus emociones confusas son normales.

Las personas traumatizadas no se sienten reconfortadas con frases como: "Tuviste suerte de que no fuera peor". También pueden sentirse culpables con preguntas como: "¿Por qué estabas allí?". En lugar de eso, diles que lamentas que haya ocurrido tal suceso. Asegúrales que no fue su culpa. Pídeles que te ayuden a comprender cómo se sienten y qué puedes hacer para ayudar.

Aunque no hayas sido la víctima directa, recuerda que quienes se preocupan por las víctimas a menudo se convierten en covíctimas emocionales. Busca personas que puedan escucharte y apoyarte. Pide ayuda cuando la necesites.


Proporcionamos:

Las víctimas y los testigos a menudo se sienten solos, aislados e indefensos, y en ocasiones experimentan autoculpa. Además, es común que les resulte difícil solicitar ayuda. Un defensor de víctimas puede ayudar a las víctimas y testigos brindándoles los siguientes servicios:

  • Intervención en crisis

Como oyentes activos y experimentados, los defensores pueden ayudar a las víctimas a comprender los sentimientos confusos que puedan estar experimentando. Es importante asegurarles a las víctimas que sus reacciones son normales.

  • Recursos y referencias

Existen muchos recursos disponibles en la comunidad, y los defensores pueden iniciar el contacto con ellos. A menudo se proporciona información sobre cómo derivar a víctimas a servicios de compensación, consejería y refugio seguro.

  • Defensa y ayuda práctica

Los defensores pueden brindar información procesal y real sobre el accidente o delito y actuar como enlaces con las autoridades policiales y el sistema de justicia penal.


Recursos de la comunidad:

 

Si tiene alguna pregunta o desea obtener más información sobre la asistencia a las víctimas, por favor Correo electrónico o llame al (303) 651-8855.


Registrarse en VINE

El Sistema de Información y Notificación Diaria para Víctimas (VINE) envía alertas automáticas cada vez que se modifican las condiciones de custodia de un delincuente, como su liberación, traslado, fuga o fallecimiento. La información de VINE está disponible las 24 horas, los XNUMX días de la semana. El registro es gratuito y anónimo.

  • ¿Cómo registrarse? Llame al 888-263-8463 o visite Colorado-VINE.comPuede elegir recibir notificaciones por teléfono, correo electrónico y/o mensaje de texto.
  • ¿Qué necesito para registrarme?
    • Nombre del infractor
    • Su número de teléfono o dirección de correo electrónico
    • Un PIN de cuatro dígitos. Introducir el PIN correcto y pulsar la tecla numeral (#) es la única forma de confirmar que ha recibido la notificación telefónica o de dejar de recibir alertas de VINE.

 

¿VINE garantiza mi seguridad? No. VINE es solo un sistema de notificación. Si cree que está en riesgo, llame al 9.


Solicitudes de certificación de visa U

NOTA: Para agilizar el procesamiento de las solicitudes de visa U, envíelas en formato impreso. Las solicitudes por correo electrónico requieren personal adicional y pueden ocasionar demoras o costos de impresión adicionales..

El programa de Visa U tiene como objetivo fortalecer la capacidad de las agencias policiales para investigar y procesar casos de violencia doméstica, agresión sexual, tráfico de inmigrantes y otros delitos, al mismo tiempo que protege a las víctimas indocumentadas o víctimas en estatus de no inmigrante que han sufrido abuso mental o físico sustancial debido al delito cometido.

Las decisiones sobre la certificación de la Visa U pueden tardar hasta 90 días. Sin embargo, si proporciona documentación que acredite que se encuentra en un proceso federal de deportación migratoria, o que uno o más hijos, padres o hermanos del solicitante dejarían de ser elegibles para la condición de no inmigrante de la Visa U por razón de edad, dentro de los 60 días hábiles posteriores a la fecha en que el funcionario certificador reciba la solicitud del formulario de certificación, su solicitud podría ser tramitada en un plazo de 30 días.

Para el manejo más eficiente de su solicitud, dirija todas las consultas (Suplemento B del formulario federal I-918) de la siguiente manera:

Si un Se ha realizado un arresto Con respecto a un caso de la Policía de Longmont, envíe la solicitud de Visa U a: Tribunales Judiciales 20, Oficina del Fiscal de Distrito, 1777 6th Street, Boulder, CO 80302. Si necesita más información, llame al (303) 441-3700 o Correo electrónico.

If No se ha realizado ningún arresto Con respecto a un caso de la Policía de Longmont, envíe la solicitud de visa U a: Robin Ericson, Seguridad Pública de Longmont, 225 Kimbark, Longmont, CO 80501. Si necesita más información, llame al (303)651-8424 o Correo electrónico. Por favor, no envíe por correo electrónico las solicitudes completadas.

Información adicional para completar el formulario:

  • El formulario federal no solicita al solicitante información de contacto. Si no incluye una nota con su correo electrónico, dirección postal o número de teléfono, no podremos devolverle el documento firmado o rechazado ni contactarlo si surge algún problema con la solicitud.
  • Nombre de la agencia certificadora: Departamento de Policía de Longmont
  • Nombre del funcionario certificador: David Moore, jefe de policía
  • Nombre del director de la agencia certificadora: Zach Ardis

 

La solicitud debe completarse en su totalidad o se le devolverá sin certificación. Debe incluir la siguiente documentación e información:

  • Un número de caso judicial de la actividad calificada, si existe
  • Una solicitud formal de certificación de Visa U
  • Dirección postal a la que debe enviarse la solicitud de certificación de Visa U firmada o denegación de certificación
  • Una descripción de cómo el peticionario cumple con los requisitos de elegibilidad de una certificación de Visa U que incluya, entre otros:
    • En los casos en que la víctima sea menor de 21 años o esté incapacitada o incompetente, presente evidencia de la relación calificada del peticionario (miembro de la familia) con la víctima y evidencia de respaldo que establezca la edad, incapacidad o incompetencia de la víctima.
    • Si la actividad delictiva no está específicamente enumerada en 8 USC 1101(a)(15)(U)(iii), entonces explique por qué es una “actividad delictiva calificada”, entendiendo las actividades delictivas calificadas enumeradas.

 

Si su solicitud de certificación es denegada, se le notificará por escrito el motivo o los motivos de la denegación. El Departamento de Seguridad Pública de Longmont (Policía de Longmont) no patrocina ni toma decisiones en la concesión de una visa U.