Incentivos para viviendas asequibles - Ciudad de Longmont Saltar al contenido principal
Dibujo lineal de un paisaje urbano con casas, árboles, nubes y sol en azul medio.

Programa de Vivienda Asequible de la Ciudad de Longmont

Proporcionar vivienda para todos es un tema entrelazado en todo el Visualiza Longmont plan integral Esta página incluye tanto los requisitos generales para viviendas asequibles como los incentivos que ha sido creado para implementar los objetivos de vivienda de Envision Longmont. Para obtener una lista completa de los requisitos del código actual, consulte la ciudad municipio sitio web.

 

Requisitos mínimos de vivienda asequible

Ilustración de una casa de dos pisos con porche.Proyectos en venta: El 12% de todas las unidades residenciales en nuevos desarrollos deben ser asequibles para residentes con ingresos bajos y moderados (hogares que representan el 80% o menos del ingreso total). Ingreso medio del área (IAM) by vender por debajo de un precio máximo de venta determinado por la Ciudad).

Proyectos de alquiler: El 12% de las unidades de alquiler deben ser asequibles de forma permanente para hogares que representen el 50% o menos del precio de la vivienda. Ingreso medio del área (AMI)Según el acuerdo del proyecto con la Ciudad, los alquileres de las unidades deben cumplir uno de dos estándares de alquiler: CHFA or INICIO. Consulte su acuerdo con la Ciudad para determinar qué estándar de alquiler utiliza su proyecto.

 

Opciones de cumplimiento de la Ordenanza de Vivienda Inclusiva

  • En el sitio: Proporcionar las unidades de vivienda asequibles requeridas dentro del desarrollo
  • Pago en lugar de: Pague las tarifas al Fondo de Vivienda Asequible de la Ciudad en función de los metros cuadrados finales terminados
  • Fuera del sitio: Construir las viviendas asequibles necesarias en otra ubicación
  • Donación de tierras: Donar terrenos a la Ciudad o a un desarrollador de viviendas sin fines de lucro
  • Acuerdo Alternativo Voluntario: Un desarrollador y/o constructor puede proponer al Ayuntamiento una forma alternativa de cumplir con los requisitos de Vivienda Inclusiva que no estén en la Ordenanza.
  • Redención de Crédito: Un desarrollador y/o constructor puede adquirir créditos de Unidades Excedentes de otro desarrollador/constructor que construyó más que las unidades asequibles mínimas requeridas y recibió créditos de la Ciudad.
  • Vivienda de nivel medio o asequible: Proporcionar unidades de vivienda que sean asequibles para los hogares que ganan entre el 80 % y el 120 % del AMI para reducir las unidades asequibles requeridas (se requiere un Acuerdo Alternativo Voluntario)

 

Algunas opciones requieren la aprobación del Ayuntamiento. Puede encontrar más información sobre los requisitos de asequibilidad en el sitio web de la Ciudad. Vivienda inclusiva .

Ilustración de cuatro casas de varios tamaños en azul.

Incentivos disponibles para desarrolladores

Incentivos para el desarrollo territorial de viviendas asequibles

  • Bono de densidad:Los proyectos que incluyan viviendas asequibles serán elegibles para unidades adicionales hasta un 25 % por encima de la densidad residencial máxima permitida en la categoría de uso del suelo del plan integral aplicable, como se describe en Código Municipal de Longmont, Sección 15.04.030.A.2.
  • Altura del edificio:Los proyectos residenciales multifamiliares o de uso mixto, incluidas las viviendas asequibles, serán elegibles para hasta un piso más (15 pies adicionales) de lo permitido por el distrito de zonificación aplicable, como se describe en Código Municipal de Longmont, Sección 15.04.030.A.2. y Tabla 15.03.080(2).
  • Tamaño de lote y ancho de lote reducidos:El área mínima del lote y el ancho mínimo del lote en los distritos de zonificación R-SF, R-MN y R-MF se reducirán en un 20 % para los proyectos que cumplan con sus requisitos de vivienda inclusiva en el sitio, como se describe en Código Municipal de Longmont, Sección 15.03.080.B.
  • Proceso de revisión preliminar del plano de derivación:Las subdivisiones que crean 4 o más lotes pueden omitir el proceso de revisión preliminar del plano y audiencia pública (procediendo directamente al plano final) si el desarrollo incluye al menos un 12 % de unidades de vivienda asequibles en el sitio como se describe en Código Municipal de Longmont, Sección 15.04.030.A.2.

 

Incentivos financieros para viviendas asequibles

Los proyectos aprobados que proporcionen más que el requisito mínimo son elegibles para incentivos adicionales, sujetos a la financiación disponible, que incluyen:

  • Ilustración de una casa pequeñaExenciones de cuotas: Se puede eximir un porcentaje de ciertas tarifas de desarrollo para proyectos calificados como se describe en Código Municipal de Longmont, Sección 4.79.
  • Aplazamiento de tarifa: Como parte de Programa de aplazamiento de tarifas de impactoLos nuevos desarrollos residenciales en la ciudad de Longmont son elegibles para diferir el pago de varias tarifas relacionadas con la ciudad.
  • Subsidio para tarifas de desarrollo de sistemas de agua y alcantarillado: Los proyectos que proporcionen más que el mínimo de asequibilidad requerido pueden calificar para que se subsidie ​​un porcentaje de las tarifas.
  • Compensaciones por pagos en efectivo en lugar de déficits de agua cruda: Un proyecto que considere asequibles al menos el 25% del total de unidades en una urbanización puede optar a una compensación por un porcentaje del déficit de agua cruda en efectivo adeudado a la Ciudad. Este incentivo solo está disponible para proyectos en fase de planificación urbanística; los proyectos de reurbanización no son elegibles.

 

Normas de diseño de vecindarios urbanos de la Sección 800

En 2025, la Ciudad desarrolló nuevos estándares de diseño denominados Sección 800 Diseño de barrios urbanos. Estas normas están diseñadas para dar cabida a desarrollos de mayor densidad, compactos y transitables, lo que permite un uso más eficiente del suelo y garantiza que la infraestructura pública necesaria, como calles, servicios públicos y sistemas de aguas pluviales, se pueda construir al menor costo posible, proporcionando servicios públicos seguros y fiables. Se adoptaron nuevas directrices en consonancia con Visualiza Longmont que abordan diversos aspectos del diseño de infraestructura pública.

Las nuevas Normas de Diseño de Vecindarios Urbanos se aplican a propiedades con zonificación Residencial (R) o de Uso Mixto (MU), generalmente con densidades residenciales de ocho unidades o más por acre. Los cambios clave introducidos por la Sección 800 incluyen:
• Reducción del ancho de las servidumbres de paso, con previsión de calles y callejones más estrechos. El diseño de los callejones contempla el acceso de emergencia, el mantenimiento y los servicios públicos.
• Ajustes a la gestión de aguas pluviales para tener en cuenta el aumento de densidad, incluidas directrices para la detención de aguas pluviales subterráneas y la alineación con los criterios de diseño existentes.
• Nuevas disposiciones para la colocación de medidores de agua y el diseño de servicios públicos, con énfasis en minimizar el área requerida dentro de lotes privados.
• Modificaciones al LPC/NextLight prácticas de instalación que permitan corredores de servicios públicos más compactos, lo que posibilita un uso más eficiente de la tierra y una mayor flexibilidad para los desarrolladores.
• Normas de acceso de emergencia, garantizando que los vehículos de emergencia puedan transitar por tramos de calles locales manteniendo la seguridad y la eficacia operativa.

Estas normas están diseñadas para optimizar el proceso de desarrollo, reduciendo el costo total de construcción de infraestructura al disminuir las barreras relacionadas con el uso del suelo y los servicios públicos. Además, facilitan un desarrollo urbano innovador y compacto a escala urbana sin necesidad de excepciones de diseño ni zonificación de Desarrollo de Unidades Planificadas (PUD).

 

Aplicaciones y pautas

 

¿Preguntas? Contacte al especialista en vivienda asequible.

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